La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha ratificado las decisiones tomadas por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja, que consisten en la inadmisión de la querella presentada por la asociación Hazte Oír contra la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana en relación con los efectos de la Dana. Además, se ha decidido excluir los daños materiales de la investigación.
El tribunal también ha confirmado otras resoluciones emitidas por la instructora del caso, entre las que destaca la imposición de una fianza de 6.000 euros a la asociación Liberum, lo cual es un requisito para que esta pueda ejercer su acción popular. Asimismo, se permitirá que varios ciudadanos participen como acusación particular a pesar de no haber sufrido lesiones o contar con fallecidos entre sus familiares, aunque sí hayan experimentado daños materiales.
Decisiones judiciales y sus implicaciones
Estas determinaciones reflejan un enfoque claro del tribunal sobre cómo proceder en este tipo de casos, priorizando aspectos legales específicos y limitando el alcance de las acusaciones. La decisión de excluir los daños materiales podría tener un impacto significativo en cómo se desarrollan futuras investigaciones relacionadas con desastres naturales y su gestión gubernamental.
La resolución ha generado reacciones diversas entre los grupos afectados y organizaciones que buscan justicia tras los estragos causados por fenómenos meteorológicos extremos. La comunidad espera que estas decisiones no solo marquen precedentes legales, sino que también fomenten un debate más amplio sobre la responsabilidad gubernamental en situaciones críticas.