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Víctima

15/01/2024@14:59:57
El tribunal estima el recurso interpuesto por la asociación de gais, lesbianas, trans, bisexuales e intersexuales del País Vasco, Gehitu, y revoca el sobreseimiento acordado por el Juzgado de Instrucción 3 de Bilbao respecto a un delito de homicidio.

Los magistrados lo absuelven de un delito de abuso cometido sobre una de las niñas al considerar que su testimonio “no ofrece la seguridad y certeza necesarias”.

La Sala le considera autor de un delito de agresión sexual y otro de lesiones psicológicas por el estrés postraumático agudo que sufrió la víctima. El hombre deberá indemnizar a la perjudicada con 25.000 euros por los daños morales.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJN avala las pruebas y razonamientos de la Audiencia Provincial, que rechazó la existencia del consentimiento alegado por la defensa.

La víctima, dice la sentencia, “estaba privada de todo sentido durante el desarrollo del acto punible y en condiciones deplorables a lo largo de todo el intervalo que cubre la grabación”.
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El encausado, que convivía con la víctima, con la que tenía una estrecha relación cuasifamiliar, se aprovechaba de que la madre se encontraba fuera de la vivienda trabajando para perpetrar las agresiones sexuales.

Le atropelló con un coche y le rompió varias costillas y vértebras, entre otras lesiones. Deberá indemnizar a la víctima con 15.000 euros por las lesiones y las secuelas que sufrió por el ataque.

Los dos acusados ven confirmada la condena por delito de asesinato (25 años de prisión para cada uno), detención ilegal en concurso medial con robo con violencia (6 años), y un delito de estafa (3 años).

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado la sentencia dictada por un juzgado de lo Penal que impuso seis años y medio de prisión a un maltratador multirreincidente.