El Tribunal Supremo ha establecido que la pena de privación del derecho a conducir, impuesta tras una condena por delitos de seguridad vial, debe cumplirse de manera ininterrumpida. La sentencia aclara que esta inhabilitación temporal no admite un cumplimiento fraccionado, ya que el Código Penal no prevé tal modalidad. El tribunal argumenta que permitir intervalos de conducción alteraría la naturaleza de la pena y comprometería la igualdad en su ejecución. La decisión se basa en la necesidad de prevenir comportamientos de riesgo y mantener la integridad del sistema legal.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado las condenas impuestas por la Audiencia de Burgos a dos hombres por delitos de distribución de moneda falsa y estafa. El primero fue condenado a un año y diez meses de prisión, mientras que el segundo recibió una pena de quince meses. Ambos deberán pagar multas de 500 y 150 euros, respectivamente. Los acusados distribuyeron billetes falsos de 50 y 20 euros en pagos por servicios de prostitución entre septiembre y octubre de 2019. La sentencia destaca la valoración coherente de las pruebas, incluyendo conversaciones telefónicas y fotografías que evidencian el conocimiento de la falsedad del dinero utilizado. Aunque la sentencia no es firme, se puede recurrir ante el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de un padre contra la autorización de eutanasia para su hija mayor de edad, concedida por la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña. La decisión del Supremo se basa en que el recurso carece de interés casacional objetivo y confirma que se cumplieron los requisitos legales para la solicitud de eutanasia. El tribunal también abordó cuestiones sobre la capacidad de la solicitante y el procedimiento administrativo, concluyendo que no hubo indefensión material ni impacto en el resultado final del caso.
Una mujer ha sido condenada a 18 meses de prisión por la Audiencia Provincial por utilizar a sus dos hijos menores para robar un Papá Noel en un centro comercial de Calahorra. La acusada, con un historial de 17 sentencias por delitos leves de hurto, planeó el robo y dio instrucciones a sus hijos para sustraer la figura navideña. El tribunal consideró que su acción fue deliberada y con ánimo de enriquecimiento ilícito, lo que agravó el delito. Además, deberá indemnizar al centro comercial con 102 euros y cubrir las costas procesales.
La Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a un hombre a 5 años de prisión por agresión sexual a su hijastra de 10 años, a quien realizó tocamientos en agosto de 2023 en Pamplona. La sentencia establece que el acusado no podrá acercarse a la víctima durante 10 años y deberá indemnizarla con 8.000 euros por daño moral. Aunque la fiscalía solicitó penas más severas, el tribunal consideró probado el delito sin penetración y absolvió al encausado de otros cargos. La menor presentó síntomas ansioso-depresivos tras los hechos, y el tribunal destacó la credibilidad de su testimonio, respaldado por pruebas genéticas.
La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a un hombre a 11 años y medio de prisión por intentar asesinar a su pareja en su hogar. El tribunal consideró la agravante de parentesco y le impuso una indemnización de 41.836 euros a la víctima, quien logró sobrevivir gracias a la rápida intervención médica tras ser apuñalada. La sentencia también incluye la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima y su hijo menor durante 20 años, así como la privación de la patria potestad sobre sus tres hijos comunes. Aunque el acusado fue absuelto de otros cargos relacionados con violencia de género, la sentencia aún no es firme y puede ser recurrida ante el TSXG.
La Audiencia Provincial de Palma ha condenado a un hombre a siete años de prisión por agredir sexualmente a una mujer en un hotel de s’Arenal, Palma, en agosto de 2023. La sentencia prohíbe al agresor acercarse a menos de 300 metros de la víctima durante once años y le impone una indemnización de 13.215 euros por daños morales y lesiones. Los magistrados han determinado que los hechos probados evidencian la falta de consentimiento por parte de la víctima, quien solicitó en varias ocasiones que el acusado detuviera su ataque. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.
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La sección de apelaciones de la Sala Civil y Penal del TSJ de Cataluña ha confirmado la absolución de dos acusados por delitos de odio y contra la integridad moral, en relación con un incidente ocurrido en junio de 2019 en un local de comida rápida en Barcelona. La sentencia desestima el recurso del Ministerio Fiscal, argumentando que requiere una reevaluación de las pruebas, lo cual no es permitido. El tribunal sostiene que no se puede acceder a las fuentes de prueba para modificar la conclusión alcanzada en la sentencia original.
Dos acusados de robo continuado en La Rioja Baja han sido condenados a tres años y seis meses de cárcel, además de ser expulsados del territorio nacional tras cumplir dos tercios de la pena. Los hechos ocurrieron entre enero y febrero de 2023, cuando los condenados, actuando en grupo, accedieron a varias viviendas mediante la manipulación de cerraduras, sustrayendo dinero y objetos de valor. La sentencia califica sus acciones como un delito continuado de robo con fuerza en casa habitada y establece que deberán indemnizar a las víctimas por los daños causados.
La Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a una mujer a tres años y un día de prisión por abusar sexualmente de un menor de doce años en su vivienda. La sentencia incluye una indemnización de 9.000 euros para la víctima por daños morales. Los abusos ocurrieron entre marzo y septiembre de 2020, aprovechando la ausencia nocturna de la madre del menor. La acusada fue hallada culpable de un delito continuado de abuso sexual con penetración, y se le impone además la prohibición de acercarse al menor durante cuatro años, libertad vigilada y una inhabilitación especial para trabajar con menores. La declaración del joven fue clave para la condena, corroborada por informes psicológicos que confirmaron su veracidad y vulnerabilidad.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado la condena a dos paparazzi por un delito de revelación de secretos, aumentando su pena a un año y un día de prisión. Los acusados habían fotografiado a una persona en una zona privada de un hotel sin su consentimiento. La sentencia destaca que las imágenes capturadas vulneraban claramente la intimidad de la víctima, y los paparazzi, como profesionales del sector, debían ser conscientes de la ilicitud de sus acciones. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un hombre a cinco años de prisión por abuso sexual continuado a su nieta, quien sufrió tocamientos en sus partes íntimas durante seis años. Además de la pena de cárcel, se le impone una indemnización de 15.000 euros y se le prohíbe acercarse a la víctima o comunicarse con ella. Los abusos comenzaron cuando la niña tenía solo 4 años y finalizaron cuando cumplió 10, tras lo cual la menor denunció los hechos al tomar conciencia del abuso a través de una actividad escolar. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado una condena de 15 meses de prisión por agresión sexual a un hombre que realizó tocamientos sexuales a una conocida suya en estado de embriaguez. La víctima, tras una ingesta excesiva de alcohol, no pudo consentir los actos, lo que llevó al tribunal a dictar la pena y establecer medidas de alejamiento. La sentencia destaca la falta de consentimiento debido al estado de vulnerabilidad de la mujer y rechaza la acusación de violación por falta de pruebas concluyentes.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado una condena de 9 años de prisión para un hombre que agredió sexualmente a su hija de 15 años. La sentencia, ratificada por la Sala de lo Civil y Penal, incluye una indemnización de 10.000 euros para la víctima y prohíbe al condenado acercarse a ella durante 10 años. Los hechos ocurrieron en el hogar familiar, donde el padre realizó tocamientos inapropiados y llevó a cabo agresiones sexuales. La declaración de la menor fue considerada creíble y corroborada por testimonios y pruebas psicológicas, a pesar de la negativa de la madre a creer en las acusaciones.
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