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tribunal del jurado

09/07/2025@16:43:27

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a 28 años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente y asesinar a una mujer de 46 años en Cabanas el 1 de septiembre de 2013. El tribunal determinó que el acusado abordó a la víctima mientras paseaba, la golpeó y la arrastró a un área apartada donde la apuñaló tres veces, causando su muerte. Además, deberá indemnizar a los hijos de la víctima con un total de 260,000 euros. La sentencia destaca la alevosía del crimen y no es firme, ya que se puede presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

Una mujer ha sido condenada a 19 años y siete meses de prisión por el asesinato de su hijo de dos años en Bigastro, Alicante. El Tribunal del Jurado la declaró culpable de asfixiar al niño y maltratar de forma habitual a su gemelo. La sentencia incluye un delito de asesinato, maltrato habitual y seis delitos de lesiones, con agravantes por parentesco y atenuantes por confesión y consumo de drogas. Además, deberá indemnizar con 100.000 euros a cada uno de los hermanos del niño fallecido y 10.000 euros al gemelo.

En el caso de Diego M.M. entiende que concurre la agravante de discriminación por condición sexual. Catherine S.B. es considerada no culpable, por unanimidad, del delito de asesinato, ni como coautora ni como cómplice. Da por probado que la víctima se encontraba “totalmente indefensa y desvalida debido al elevado número de personas que la agredían y rodeaban".
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Un tribunal de Mallorca ha condenado a A.K. a prisión permanente revisable por el asesinato de su mujer embarazada y su hijo de siete años. La magistrada impuso 25 años de prisión por el homicidio de su esposa y seis meses por maltrato habitual. El acusado, que estranguló a su hijo, deberá indemnizar a los familiares de las víctimas con casi 800.000 euros. Esta sentencia marca un precedente en Balears al ser la primera con esta pena máxima. La resolución no es firme y puede ser apelada ante el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.

El jurado consideró probado que el acusado acudió al domicilio de la víctima, quien se negó a fiarle la compra de cocaína, portando una cinta adhesiva de embalar y unos guantes de látex.