La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido reducir la condena de veinte a once años y medio de prisión para un hombre que fue hallado culpable de dejar morir a su madre dependiente en El Puerto de Santa María, Cádiz. Esta modificación se basa en la consideración de que los hechos constituyen un delito de homicidio en lugar de asesinato, ya que no se puede aplicar la alevosía por desvalimiento en este caso específico.
En una sentencia emitida el 29 de abril, el TSJA aceptó parcialmente el recurso interpuesto por la defensa del acusado, quien había sido condenado previamente por la Audiencia Provincial de Cádiz. Esta última había calificado los hechos como un asesinato con alevosía, tras un veredicto emitido por un jurado popular.
Detalles del caso
La Audiencia Provincial determinó que el condenado vivía con su madre y su hermano, quien tiene discapacidad visual, en una vivienda en El Puerto. La madre padecía un deterioro progresivo debido a su edad y a un ictus que sufrió, lo que le impedía valerse por sí misma. Según el fallo, el acusado era “la única persona” capaz de cuidar de ella, ya que la mujer era completamente dependiente.
Las pruebas presentadas indicaron que el acusado desatendió las necesidades básicas de su madre, consciente de su dependencia. No le proporcionó alimentación adecuada ni asistencia médica hasta el 28 de marzo de 2022, cuando finalmente llamó al 061. En ese momento, la madre fue trasladada al hospital con un cuadro crítico que incluía desnutrición severa y úlceras grandes, lo que llevó a su muerte el 29 de marzo.
Argumentos del TSJA
El tribunal subrayó que el hecho de que la víctima estuviera incapacitada no justifica añadir el reproche por alevosía al acusado. La defensa argumentó que se había violado la presunción de inocencia al inferir erróneamente dolo eventual homicida y solicitó una reconsideración sobre la calificación como asesinato.
El TSJA concluyó que aunque hubo una grave desatención por parte del acusado, no se podía afirmar que aceptara conscientemente la posibilidad de causar la muerte. Afirmaron que cualquier persona en condiciones normales habría comprendido que sin atención médica adecuada, el fallecimiento sería inminente debido a la desnutrición extrema y falta de cuidados básicos.
Conclusiones finales
El TSJA también abordó la cuestión de si existía o no total indefensión en la víctima. Argumentaron que aunque el acusado tenía una responsabilidad directa sobre su cuidado, no se puede considerar que su madre estuviera completamente indefensa ya que existían recursos externos disponibles para solicitar ayuda.
Finalmente, se impuso una pena ajustada teniendo en cuenta las circunstancias personales del autor y su historia familiar. Aunque había fallado en sus deberes como cuidador en los últimos momentos críticos, intentó buscar ayuda cuando ya era demasiado tarde. Así, se estableció una condena final de once años y seis meses para el acusado.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
La noticia en cifras
| Descripción |
Cifra |
| Condena original |
20 años |
| Nueva condena |
11 años y medio |
| Año del delito |
2022 |
| Fecha de la sentencia del TSJA |
29 de abril |
Preguntas sobre la noticia
¿Qué decisión tomó el TSJA respecto a la condena del acusado?
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) redujo la condena del acusado de veinte años a once años y medio de cárcel, considerando que los hechos eran constitutivos de un delito de homicidio y no de asesinato.
¿Por qué se considera que no hubo alevosía en este caso?
El TSJA argumentó que la víctima, al ser dependiente, no podía valerse por sí misma, lo que implica que el reproche de alevosía por desvalimiento no es aplicable. La omisión de cuidados se consideró suficiente para atribuir la autoría por omisión sin añadir el componente de alevosía.
¿Cuáles fueron las circunstancias que llevaron a la muerte de la madre dependiente?
La madre falleció debido a una desatención prolongada que resultó en un cuadro de desnutrición y úlceras, lo cual fue considerado como la causa principal del fallo multiorgánico que provocó su muerte.
¿Qué alegó la defensa del acusado en su recurso de apelación?
La defensa alegó violación de la presunción de inocencia y argumentó que solo existía imprudencia grave, no dolo eventual homicida, cuestionando también la calificación de los hechos como asesinato.
¿Qué factores consideró el TSJA para determinar la pena impuesta?
El TSJA tuvo en cuenta tanto el sufrimiento prolongado de la víctima como las circunstancias personales del acusado, quien carecía de antecedentes penales y había dedicado gran parte de su vida al cuidado familiar. Esto llevó a considerar adecuada una pena de once años y seis meses.