La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un profesor a dos años de prisión por un delito de agresión sexual a un menor de 16 años. El tribunal determinó que el docente tocó inapropiadamente la zona genital de un alumno durante una clase. Además, se le impone una inhabilitación de siete años para cualquier actividad relacionada con menores y cinco años de libertad vigilada, así como el pago de 700 euros en indemnización por daños morales. La sentencia destaca la credibilidad del testimonio del menor y excluye la posibilidad de que los hechos fueran accidentales. Esta decisión es recurrible ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Un hombre ha sido condenado a un año y siete meses de prisión por humillar y discriminar a dos integrantes del colectivo LGTBI. El acusado, quien reconoció los hechos, deberá pagar una multa de 1.890 euros y una indemnización de 1.000 euros a cada víctima. Además, se le impone una orden de alejamiento de 200 metros y la prohibición de comunicarse con ellas durante tres años. La sentencia incluye inhabilitación para ejercer en el ámbito educativo y deportivo por más de cuatro años. Los mensajes discriminatorios fueron enviados a través de redes sociales en 2024, lo que llevó a las víctimas a presentar la denuncia.
El Tribunal de Instancia de A Coruña ha condenado a un hombre a dos años de cárcel por agredir racista y físicamente a otra persona en una discoteca de Betanzos. El acusado, junto con dos cómplices no identificados, atacó a la víctima tras proferir insultos relacionados con su color de piel. La sentencia incluye una indemnización de 3.000 euros para la víctima y 513 euros al servicio de salud, debido a las lesiones sufridas, que incluían la rotura de tres dientes. El juez destacó la agravante del delito por motivos racistas y el abuso de superioridad numérica durante la agresión. La sentencia no es firme y se puede presentar recurso ante la Audiencia Provincial.
El Tribunal Supremo ha establecido que la pena de privación del derecho a conducir, impuesta tras una condena por delitos de seguridad vial, debe cumplirse de manera ininterrumpida. La sentencia aclara que esta inhabilitación temporal no admite un cumplimiento fraccionado, ya que el Código Penal no prevé tal modalidad. El tribunal argumenta que permitir intervalos de conducción alteraría la naturaleza de la pena y comprometería la igualdad en su ejecución. La decisión se basa en la necesidad de prevenir comportamientos de riesgo y mantener la integridad del sistema legal.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado las condenas impuestas por la Audiencia de Burgos a dos hombres por delitos de distribución de moneda falsa y estafa. El primero fue condenado a un año y diez meses de prisión, mientras que el segundo recibió una pena de quince meses. Ambos deberán pagar multas de 500 y 150 euros, respectivamente. Los acusados distribuyeron billetes falsos de 50 y 20 euros en pagos por servicios de prostitución entre septiembre y octubre de 2019. La sentencia destaca la valoración coherente de las pruebas, incluyendo conversaciones telefónicas y fotografías que evidencian el conocimiento de la falsedad del dinero utilizado. Aunque la sentencia no es firme, se puede recurrir ante el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de un padre contra la autorización de eutanasia para su hija mayor de edad, concedida por la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña. La decisión del Supremo se basa en que el recurso carece de interés casacional objetivo y confirma que se cumplieron los requisitos legales para la solicitud de eutanasia. El tribunal también abordó cuestiones sobre la capacidad de la solicitante y el procedimiento administrativo, concluyendo que no hubo indefensión material ni impacto en el resultado final del caso.
Una mujer ha sido condenada a 18 meses de prisión por la Audiencia Provincial por utilizar a sus dos hijos menores para robar un Papá Noel en un centro comercial de Calahorra. La acusada, con un historial de 17 sentencias por delitos leves de hurto, planeó el robo y dio instrucciones a sus hijos para sustraer la figura navideña. El tribunal consideró que su acción fue deliberada y con ánimo de enriquecimiento ilícito, lo que agravó el delito. Además, deberá indemnizar al centro comercial con 102 euros y cubrir las costas procesales.
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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado la condena a 11 años de prisión para dos vecinos de Tenerife por intento de asesinato tras una violenta agresión a un desokupador en Arona. La sentencia ratifica además la inhabilitación absoluta y la prohibición de acercarse a la víctima, así como una indemnización total que asciende a 251.000 euros. Los acusados atacaron sorpresivamente a la víctima, causando lesiones graves y poniendo en riesgo su vida. El tribunal desestimó los recursos de apelación, considerando suficiente la prueba presentada y reafirmando el ánimo homicida y la alevosía del ataque.
Un hombre ha sido condenado a 6 años y 9 meses de prisión por agredir sexualmente a la sobrina de 12 años de su expareja en la comarca de Pamplona. La sentencia, dictada por la Audiencia de Navarra, incluye una prohibición de acercarse a la víctima durante 16 años y una indemnización de 21.000 euros por daños morales. Los hechos ocurrieron cuando el acusado, que mantenía una relación con la tía de la menor, comenzó a contactar con ella a través de WhatsApp y a llevarla a lugares apartados para mantener relaciones sexuales. La madre de la niña descubrió lo que sucedía tras buscarla cuando no regresó a casa. La víctima está recibiendo apoyo psicológico tras estos eventos.
La Audiencia Provincial de Balears ha condenado a J.M.E.R. a 34 años de prisión por agredir sexualmente a su hija desde los cuatro hasta los trece años. La sentencia incluye la prohibición de acercarse a la víctima durante 50 años y la privación de la patria potestad, además de una indemnización de 15.000 euros a la menor. Los magistrados han considerado que la declaración de la víctima es verosímil y creíble, desvirtuando la versión del acusado. Los abusos se intensificaron con el tiempo, incluyendo actos graves como tocamientos y penetración. La sentencia no es firme y puede ser apelada ante el Tribunal Superior de les Illes Balears.
La sección de apelaciones de la Sala Civil y Penal del TSJ de Cataluña ha confirmado la absolución de dos acusados por delitos de odio y contra la integridad moral, en relación con un incidente ocurrido en junio de 2019 en un local de comida rápida en Barcelona. La sentencia desestima el recurso del Ministerio Fiscal, argumentando que requiere una reevaluación de las pruebas, lo cual no es permitido. El tribunal sostiene que no se puede acceder a las fuentes de prueba para modificar la conclusión alcanzada en la sentencia original.
Dos acusados de robo continuado en La Rioja Baja han sido condenados a tres años y seis meses de cárcel, además de ser expulsados del territorio nacional tras cumplir dos tercios de la pena. Los hechos ocurrieron entre enero y febrero de 2023, cuando los condenados, actuando en grupo, accedieron a varias viviendas mediante la manipulación de cerraduras, sustrayendo dinero y objetos de valor. La sentencia califica sus acciones como un delito continuado de robo con fuerza en casa habitada y establece que deberán indemnizar a las víctimas por los daños causados.
La Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a una mujer a tres años y un día de prisión por abusar sexualmente de un menor de doce años en su vivienda. La sentencia incluye una indemnización de 9.000 euros para la víctima por daños morales. Los abusos ocurrieron entre marzo y septiembre de 2020, aprovechando la ausencia nocturna de la madre del menor. La acusada fue hallada culpable de un delito continuado de abuso sexual con penetración, y se le impone además la prohibición de acercarse al menor durante cuatro años, libertad vigilada y una inhabilitación especial para trabajar con menores. La declaración del joven fue clave para la condena, corroborada por informes psicológicos que confirmaron su veracidad y vulnerabilidad.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado la condena a dos paparazzi por un delito de revelación de secretos, aumentando su pena a un año y un día de prisión. Los acusados habían fotografiado a una persona en una zona privada de un hotel sin su consentimiento. La sentencia destaca que las imágenes capturadas vulneraban claramente la intimidad de la víctima, y los paparazzi, como profesionales del sector, debían ser conscientes de la ilicitud de sus acciones. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
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