El Tribunal de Ourense archiva la causa contra el alcalde
La Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ourense ha decidido el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa que se había abierto contra el alcalde, tras una denuncia presentada por el Ministerio Fiscal. Esta denuncia alegaba que el edil se habría beneficiado indebidamente de material técnico adquirido por el ayuntamiento, incluyendo dos cámaras valoradas en 8.698 euros, supuestamente para fines privados.
En su resolución, el juez enfatiza que la compra de este material técnico para grabar actividades relacionadas con el Ayuntamiento no constituye un delito. Según el magistrado, es “totalmente razonable” que la institución municipal adquiera equipo adecuado para registrar eventos de interés público, como procesiones o sesiones plenarias.
Conclusiones del juez sobre la falta de indicios delictivos
El juez concluye que no hay pruebas suficientes que demuestren la existencia de un delito. Además, destaca que cualquier posible favoritismo hacia la televisión del alcalde debería ser objeto de debate en el pleno del ayuntamiento, y no en un contexto penal.
Asimismo, subraya que no se ha demostrado que se haya contratado a un asesor del Ayuntamiento para realizar funciones en su propia televisión. El testigo ha confirmado que su labor se centra en las grabaciones para el consistorio, lo cual no infringe ninguna norma penal. El magistrado aclara que estas grabaciones, aunque sean emitidas posteriormente por su canal o cualquier otro medio, tienen un interés público indiscutible.
A pesar del archivo de la causa, esta resolución no es firme y cabe la posibilidad de presentar recurso.
Preguntas sobre la noticia
¿Por qué se investigó al alcalde de Ourense?
El alcalde fue investigado tras una denuncia presentada por el Ministerio Fiscal, que alegaba que se había beneficiado de material técnico comprado por el ayuntamiento para fines privados.
¿Qué tipo de material se compró y cuál fue su costo?
Se compraron dos cámaras con un costo total de 8.698 euros, entre otros materiales técnicos.
¿Cuál fue la decisión del Tribunal de Instancia de Ourense?
La Sección de Instrucción del Tribunal acordó el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa, indicando que no existían indicios suficientes para demostrar la comisión de un delito.
¿Qué argumentó el juez respecto a la compra del material técnico?
El juez destacó que es razonable que el Ayuntamiento adquiera material técnico adecuado para grabar actos relacionados con el mismo, como procesiones o plenos, que son de interés público.
¿Se demostró algún trato preferencial hacia la televisión del alcalde?
No se probaron indicios suficientes de un trato preferencial hacia la televisión del alcalde; cualquier discusión sobre este tema debe ser tratada en el pleno del ayuntamiento, no en el ámbito penal.
¿Es firme la resolución del tribunal?
No, la resolución no es firme y cabe presentar recurso contra ella.