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El TSJCyL confirma condenas a dos hombres por usar billetes falsos en pagos de prostitución

Redacción | Jueves 05 de febrero de 2026

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado las condenas impuestas por la Audiencia de Burgos a dos hombres por delitos de distribución de moneda falsa y estafa. El primero fue condenado a un año y diez meses de prisión, mientras que el segundo recibió una pena de quince meses. Ambos deberán pagar multas de 500 y 150 euros, respectivamente. Los acusados distribuyeron billetes falsos de 50 y 20 euros en pagos por servicios de prostitución entre septiembre y octubre de 2019. La sentencia destaca la valoración coherente de las pruebas, incluyendo conversaciones telefónicas y fotografías que evidencian el conocimiento de la falsedad del dinero utilizado. Aunque la sentencia no es firme, se puede recurrir ante el Tribunal Supremo.



Ratificación de condenas por distribución de billetes falsos

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha respaldado la decisión emitida por la Audiencia de Burgos, que impuso penas a dos hombres involucrados en la distribución de moneda falsa. El primero de ellos ha sido condenado a un año y diez meses de prisión, mientras que el segundo enfrentará una pena de quince meses. Además, ambos deberán hacer frente a multas de 500 y 150 euros, respectivamente.

Según los detalles expuestos en la sentencia del tribunal provincial, los acusados pusieron en circulación billetes falsos de 50 y 20 euros durante los meses de septiembre y octubre de 2019, utilizando estos para pagar servicios relacionados con la prostitución.

Argumentos legales y pruebas presentadas

Los magistrados han destacado que la sentencia recurrida presenta una “valoración expresa, razonada y coherente del conjunto de la prueba practicada”. En su argumentación, se enfatiza el elemento esencial del tipo penal: el propósito de poner en circulación moneda falsa. Este aspecto requiere un ánimo tendencial por parte del adquirente, sin necesidad de que dicha puesta en circulación se materialice efectivamente. La conciencia sobre la falsedad del dinero es un requisito fundamental que debe estar presente al momento de la adquisición.

La Sala ha llegado a la conclusión de que las conversaciones telefónicas previas al pago, las fotografías encontradas en el móvil que coinciden con las características de los billetes falsos, así como el testimonio de la víctima sobre el comportamiento del acusado tras entregar los billetes, constituyen indicios claros. Estos elementos, valorados en conjunto, permiten establecer la responsabilidad penal y demuestran el conocimiento por parte de los acusados acerca de la falsedad del dinero utilizado.

A pesar de esta ratificación, cabe destacar que la sentencia no es firme y existe la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La noticia en cifras

Acusado Pena (meses) Multa (euros)
Primer Acusado 22 500
Segundo Acusado 15 150

Preguntas sobre la noticia

¿Qué ha decidido el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León?

El Tribunal ha ratificado las condenas impuestas por la Audiencia de Burgos a dos hombres por delitos de distribución de moneda falsa y estafa.

¿Cuáles son las penas impuestas a los acusados?

El primer acusado ha sido condenado a un año y diez meses de prisión, mientras que el segundo ha recibido una pena de quince meses. Además, deberán pagar multas de 500 y 150 euros respectivamente.

¿Qué tipo de billetes falsos se distribuyeron?

Los acusados pusieron en circulación billetes falsos de 50 y 20 euros a través del pago por servicios de prostitución.

¿Cómo se fundamentó la condena según la sentencia?

La sentencia argumenta que se demostró el propósito de poner en circulación moneda falsa, así como la conciencia de la falsedad por parte de los acusados al momento de adquirirla.

¿Qué pruebas se presentaron contra los acusados?

Se presentaron conversaciones telefónicas en clave, fotografías de billetes falsos en el móvil y declaraciones sobre la actitud del acusado después de entregar los billetes como indicios claros de su responsabilidad penal.

¿Es firme la sentencia?

No, la sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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