El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado la condena de 12 años de prisión a un hombre que violó a su hermanastra en Pamplona. La agresión ocurrió en marzo y abril de 2020, cuando el acusado, que tenía 20 años en ese momento, agredió sexualmente a la víctima, que era menor de edad. Además de la pena privativa de libertad, se le impone una orden de alejamiento de 200 metros durante 15 años y una indemnización de 25.000 euros por daño moral. La credibilidad de la víctima fue respaldada por informes forenses y psicológicos, que evidenciaron las secuelas emocionales sufridas tras las agresiones.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de 12 años de prisión dictada en mayo por la Audiencia Provincial contra un hombre que agredió sexualmente a su hermanastra en dos ocasiones. Los hechos ocurrieron en marzo y abril de 2020 en el domicilio familiar ubicado en Pamplona.
La sentencia, que puede ser apelada ante el Tribunal Supremo, también respalda otras penas impuestas por la Sección Segunda de la Audiencia. El condenado, originario de la República Dominicana y en prisión provisional desde mayo, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante un periodo de 15 años. Además, deberá cumplir una medida de libertad vigilada posterior a su pena privativa de libertad, también por 15 años.
En concepto de responsabilidad civil, el agresor deberá indemnizar a la denunciante con 25.000 euros por daño moral y con 855 euros adicionales por lesiones causadas. La primera agresión ocurrió el 16 de marzo de 2020, cuando la víctima, entonces de 17 años, tuvo una discusión con su padre y se retiró a su habitación para llorar.
Durante esa noche, el acusado entró en su cuarto y comenzó a hablar sobre la disputa familiar. A pesar de haber tenido una relación sentimental breve en el pasado, el joven empezó a tocarla sin su consentimiento. Ante sus negativas y al no poder gritar debido al llanto previo, la forzó y cometió la violación.
Un mes después, ya en abril, la joven fue despertada por tocamientos del mismo individuo. Intentó resistirse nuevamente; sin embargo, él le tapó la boca con tanta fuerza que le causó dolor físico significativo. Esta situación culminó cuando el padre salió de casa para ir a trabajar.
A raíz de ambas agresiones, la víctima experimentó disfunciones sexuales y diversas secuelas emocionales como ansiedad, tristeza y síntomas depresivos. La declaración de la afectada fue considerada “plenamente convincente” por parte del tribunal, que subrayó su coherencia y consistencia.
El TSJN respaldó firmemente la credibilidad de la víctima al señalar que no hubo variaciones en su testimonio. Asimismo, se desestimaron los argumentos presentados por la defensa que buscaban una absolución o una reducción de las penas impuestas.
Los informes periciales corroboraron las lesiones sufridas por la mujer como consecuencia del ataque, lo que fortalece aún más su relato. Finalmente, el tribunal desestimó cualquier atenuante solicitada por la defensa relacionada con dilaciones indebidas en el proceso judicial.
Cifra | Descripción |
---|---|
12 años | Condena de prisión |
200 metros | Distancia de acercamiento prohibida a la víctima |
15 años | Medida de libertad vigilada posterior a la pena |
25,000 euros | Indemnización por daño moral |
855 euros | Indemnización por lesiones |
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirmó una pena de 12 años de prisión a un hombre que agredió sexualmente a su hermanastra en dos ocasiones.
Además de la pena privativa de libertad, el condenado no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante 15 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada posterior a su liberación.
El condenado deberá indemnizar a la denunciante con 25.000 euros por daño moral y 855 euros más por lesiones provocadas.
La primera agresión ocurrió en marzo de 2020, cuando la víctima tenía 17 años. La segunda agresión tuvo lugar en abril del mismo año. En ambos casos, el acusado utilizó la fuerza para llevar a cabo las agresiones.
El tribunal consideró que la declaración de la víctima era "plenamente convincente" y destacó su consistencia y credibilidad, así como los informes forenses que corroboraban su testimonio.
El condenado fue sentenciado por dos delitos de agresión sexual con violencia, uno de ellos con penetración.