La Audiencia Provincial de Palma ha condenado a un hombre a siete años de prisión por agredir sexualmente a una mujer en un hotel de s’Arenal, Palma, en agosto de 2023. La sentencia prohíbe al agresor acercarse a menos de 300 metros de la víctima durante once años y le impone una indemnización de 13.215 euros por daños morales y lesiones. Los magistrados han determinado que los hechos probados evidencian la falta de consentimiento por parte de la víctima, quien solicitó en varias ocasiones que el acusado detuviera su ataque. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma ha emitido una sentencia que condena a un hombre a siete años de prisión por agredir sexualmente a una mujer en un hotel de s’Arenal de Palma durante agosto de 2023. Además, los magistrados han establecido una orden de alejamiento, prohibiéndole acercarse a menos de 300 metros de la víctima durante un periodo de once años. La Sala también le ha impuesto el pago de 13.215 euros en concepto de indemnización por las lesiones y daños morales sufridos por la afectada.
Los hechos ocurrieron en la lavandería del hotel, donde la víctima se encontraba buscando un colchón para un amigo. Según su declaración, el acusado la agredió sorpresivamente sin su consentimiento, impidiendo que ella pudiera escapar.
En su resolución, la Sala ha determinado que existe suficiente evidencia para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado, tal como se refleja en los hechos probados. Los jueces han señalado que las acciones perpetradas son indiscutiblemente sexuales, evidenciadas por la penetración vaginal y el contacto dactilar en la vagina de la víctima.
La sentencia establece también que no hay duda sobre la falta de consentimiento por parte de la víctima, quien expresó claramente su rechazo en múltiples ocasiones pidiendo al acusado que “parara” y que “no quería”. La Sala enfatiza que las acciones del acusado fueron deliberadas y conscientes, reconociendo la naturaleza sexual de sus actos. La penetración con el pene y los dedos en la vagina son considerados actos intencionales y carentes del consentimiento requerido.
A pesar del fallo, esta sentencia no es definitiva, ya que cabe recurso ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.
Cifra | Descripción |
---|---|
7 | Años de prisión |
300 | Metros de distancia prohibida al acercarse a la víctima |
11 | Años sin acercarse a la víctima |
13,215 | Euros de indemnización a la víctima |
El hombre fue condenado a siete años de prisión por agredir sexualmente con violencia a una mujer en un hotel de s’Arenal de Palma.
La agresión tuvo lugar en la lavandería de un hotel de s’Arenal de Palma.
Los hechos ocurrieron en agosto de 2023.
Además de la prisión, se le prohíbe acercarse a menos de 300 metros de la víctima durante once años y debe indemnizarla con 13.215 euros por lesiones y daños morales.
No, la sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.