La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a 28 años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente y asesinar a una mujer de 46 años en Cabanas el 1 de septiembre de 2013. El tribunal determinó que el acusado abordó a la víctima mientras paseaba, la golpeó y la arrastró a un área apartada donde la apuñaló tres veces, causando su muerte. Además, deberá indemnizar a los hijos de la víctima con un total de 260,000 euros. La sentencia destaca la alevosía del crimen y no es firme, ya que se puede presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha dictado una sentencia que condena a un hombre a 28 años de prisión por agredir sexualmente y asesinar a una mujer de 46 años el 1 de septiembre de 2013. La víctima, que había salido a pasear cerca de su hogar en el municipio de Cabanas, fue atacada mientras caminaba por la zona.
De acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado, el acusado avistó a la mujer mientras conducía su vehículo hacia Fene. Tras estacionar mal su coche en un camino vecinal, se acercó a ella y la abordó por detrás, golpeándola en la mandíbula antes de arrastrarla unos 17 metros hacia un área con vegetación baja, donde intentó ocultar el ataque.
Una vez en el lugar aislado, el agresor arrojó a la mujer al suelo y procedió a agredirla sexualmente. Posteriormente, con la intención de acabar con su vida, le asestó tres puñaladas mientras ella se encontraba aturdida y sin capacidad para defenderse. Las heridas causaron una hemorragia significativa que resultó fatal para la víctima.
El tribunal también determinó que el acusado abandonó el lugar tras cometer el crimen, dirigiéndose monte a través hasta alcanzar su vehículo. Fue detenido posteriormente, el 17 de octubre de 2023.
El magistrado presidente subrayó que las heridas infligidas eran adecuadas para causar la muerte, ya que estaban dirigidas a órganos vitales como el corazón y los pulmones. Además, se consideró probada la alevosía, dado que la víctima fue sorprendida durante una actividad deportiva en una carretera poco concurrida.
La sentencia también destaca que no hubo resistencia por parte de la mujer, quien no presentaba lesiones defensivas en las manos. El tribunal apreció una clara superioridad física del acusado sobre su víctima, lo que contribuyó a calificar el homicidio como asesinato. La decisión aún no es firme y puede ser objeto de recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Cifra | Descripción |
---|---|
28 | Años de cárcel |
150,000 | Indemnización al primer hijo (euros) |
110,000 | Indemnización al segundo hijo (euros) |
9 | Largo del arma blanca (centímetros) |
La Audiencia Provincial de A Coruña condenó al hombre a 28 años de cárcel por agredir sexualmente y asesinar a la mujer.
El crimen ocurrió el 1 de septiembre de 2013, cuando la víctima salió a pasear por las inmediaciones de su domicilio.
El acusado deberá indemnizar a los dos hijos de la víctima con 150.000 y 110.000 euros, respectivamente.
El acusado abordó a la víctima por la espalda, la golpeó, la arrastró hacia un lugar apartado y luego la agredió sexualmente antes de apuñalarla tres veces.
Se consideró la alevosía, ya que la víctima estaba sola y no pudo defenderse debido al carácter sorpresivo de la agresión.
No, la sentencia no es firme y cabe presentar recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.