Sergio D.E. ha sido condenado a 17 años y 6 meses de prisión por el Tribunal del Jurado en relación al asesinato de Fernando S.C. en un bar de Boltaña, Huesca. Además de la pena privativa de libertad, se le prohíbe residir o acudir a Boltaña durante 10 años y se le impone una medida de libertad vigilada posterior. La sentencia también establece indemnizaciones significativas para los familiares del fallecido, totalizando más de 250.000 euros. El tribunal destacó la alevosía del ataque, ya que el acusado asestó una puñalada sorpresiva mientras la víctima estaba bajo los efectos del alcohol. Se permite recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en un plazo de diez días.
El Tribunal del Jurado, bajo la presidencia del magistrado Santiago Gimeno Fernández, ha dictado una sentencia que condena a Sergio D.E. a 17 años y 6 meses de prisión por el delito de asesinato. La resolución fue dada a conocer esta mañana y también incluye penas accesorias que prohíben al condenado residir o acudir a Boltaña durante un período de 10 años. Además, se le impondrá una medida de libertad vigilada por otros 10 años una vez cumplida su condena.
La sentencia establece que Sergio D.E. no podrá acercarse a menos de mil metros de los familiares del fallecido, Fernando U.S., quien fue víctima del ataque. Esta decisión judicial responde a la gravedad de los hechos y busca proteger a los seres queridos del difunto.
En cuanto a la responsabilidad civil, el tribunal ha determinado que el condenado deberá indemnizar a los familiares de Fernando U.S. con diversas cantidades: 104.372,28 euros al padre, Francisco S.G.; 100.552,84 euros a la madre, María Dolores C.O.; 21.995,93 euros a la hermana, María Dolores S.C.; y 21.995,93 euros al hermano, Francisco S.C.
Los fundamentos jurídicos expuestos en la sentencia destacan la existencia de alevosía, ya que se probó que el acusado asestó una puñalada a Fernando S.C. de manera repentina y sorpresiva, sin darle oportunidad de defensa debido al estado de embriaguez en el que se encontraba en el momento del ataque.
A pesar de haber consumido alcohol, el jurado consideró por unanimidad que Sergio D.E. no tenía mermadas sus capacidades ni afectación alguna en sus facultades intelectivas o volitivas durante el incidente. Esta conclusión fue clave para determinar la pena impuesta.
La sentencia es susceptible de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón, con un plazo establecido de diez días para presentar dicho recurso.
| Descripción | Cifra |
|---|---|
| Pena de prisión impuesta | 17 años y 6 meses |
| Años de prohibición de residir o acudir a Boltaña | 10 años |
| Indemnización al padre del fallecido | 104.372,28 euros |
| Indemnización a la madre del fallecido | 100.552,84 euros |
| Indemnización a la hermana del fallecido | 21.995,93 euros |
| Indemnización al hermano del fallecido | 21.995,93 euros |
Sergio D.E. fue condenado a 17 años y 6 meses de prisión por el delito de asesinato.
Además de la pena de prisión, se le prohibió residir o acudir a Boltaña durante 10 años y se le impuso una medida de libertad vigilada de 10 años tras cumplir su pena. También se le prohíbe acercarse a los familiares del fallecido a menos de mil metros.
El condenado deberá indemnizar a los familiares del fallecido con un total de 104.372,28 euros al padre, 100.552,84 euros a la madre, 21.995,93 euros a la hermana y 21.995,93 euros al hermano.
Se consideró que el crimen fue cometido con alevosía, ya que el acusado asestó una puñalada de forma repentina y sorpresiva, impidiendo que la víctima tuviera posibilidad de defenderse debido a su estado de embriaguez.
Sí, contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón dentro del plazo de diez días.