NACIONAL

A prisión por abusar de su hija, agredirla y obligarla a mendigar

Patricia Mengual | Martes 24 de enero de 2023
El tribunal también ha condenado a su esposa, madre de las menores, a dos años y nueve meses de cárcel como coautora de los delitos de violencia habitual cometido en el domicilio de las víctimas y de utilización de menor de edad para la mendicidad.

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha condenado a once años y tres meses de cárcel a un padre por abusar sexualmente de forma continuada de su hija mayor, obligarla a mendigar y agredirla de forma habitual, tanto a ella como a su hermana. El tribunal también ha condenado a su esposa, madre de las menores, a dos años y nueve meses de cárcel como coautora de los delitos de violencia habitual cometido en el domicilio de las víctimas y de utilización de menor de edad para la mendicidad. Además, al acusado le ha impuesto la prohibición de aproximarse y comunicarse con la afectada durante 17 años; y, con su hermana, durante cuatro años. La madre tampoco podrá acercarse ni comunicarse con sus hijas durante cuatro años.

Los magistrados consideran probado que, en 2017, cuando la víctima tenía 17 años y dejó de cursar secundaria por sobrepasar la edad límite de su obligatoriedad, la forzaban a mendigar, para lo cual “habitualmente la trasladaban en coche por las mañanas desde el domicilio familiar a Santiago de Compostela y la dejaban a las puertas de distintos supermercados”. Por la noche, según la sentencia, la recogían y ella les entregaba el dinero obtenido. La situación, según la sala, se prolongó hasta su mayoría de edad.

En el fallo los magistrados afirman que desde la infancia de sus hijas ambos condenados, en el domicilio familiar, “propinaban con frecuencia a ambas, y en especial a la mayor, golpes consistentes en bofetadas, tirones de pelo o empujones, llegando su madre a golpearlas con una escoba o con una zapatilla; y su padre, con el cinturón”. Estas agresiones, según la Audiencia, “se produjeron en muchas ocasiones”, hasta que la hija mayor dejó de vivir con la familia, y afirma que tenían como motivos o pretextos, entre otros,” el modo en que desarrollaba las tareas domésticas que le ordenaban o el poco dinero que les entregaba tras mendigar”.

Cuando la víctima era menor de edad, su padre, según los jueces, “le dijo de forma insistente y repetida que quería mantener relaciones sexuales con ella”. En la resolución, aseguran que la menor, “sin querer ni ser en absoluto su voluntad tener tales relaciones, se sometió días después a las exigencias de su padre a causa de la influencia que este ejercía sobre ella, y mantuvo en repetidas ocasiones, durante los meses de junio y julio, relaciones sexuales con el acusado”. El tribunal subraya que “su voluntad se vio doblegada, anulada, por el hecho de ser su padre quien le requería sexualmente, por el peso de los factores psicológicos propios de tal relación y del poder que aquel ejercía en la familia y respecto de su hija, que determinaron que la víctima no fuera capaz de hacer valer su voluntad y se plegase, cediese, ante la insistencia de su padre en realizar unos actos que ella no deseaba en absoluto”.

En relación con el delito de maltrato intrafamiliar, la sala destaca la fiabilidad de las declaraciones de la víctima y de su hermana, las cuales califica de “claras y consistentes a lo largo del proceso”. Además, manifiesta que “no se advierte, como hipótesis convincente, que actuasen movidas por un ánimo de perjudicar con imputaciones infundadas”. La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso ante el TSXG.

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