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La Audiencia de Madrid avala la libertad de expresión al calificar a los Testigos de Jehová como "secta destructiva"

Redacción | Martes 21 de abril de 2026

La Audiencia de Madrid ha ratificado que calificar a los Testigos de Jehová como "secta destructiva" no constituye un delito, amparándose en la libertad de expresión. La sentencia responde a un recurso presentado por la congregación religiosa contra una resolución anterior que favoreció a la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová. Los magistrados argumentaron que, aunque las afirmaciones puedan ser consideradas hirientes, prevalece el derecho a expresar críticas sobre la organización y su control sobre los fieles. Esta decisión refuerza la importancia de la libertad de expresión en sociedades democráticas y establece criterios claros entre el derecho al honor y la crítica pública. Además, se continúan llevando a cabo otros procesos legales relacionados con este conflicto.



La Audiencia de Madrid ha ratificado una sentencia que establece que calificar a los Testigos de Jehová como "secta" y afirmar que ejercen "un control excesivo sobre la vida de los fieles" no constituye un delito, ya que está protegido por el derecho a la libertad de expresión. Esta decisión se produce en respuesta al recurso presentado por la congregación religiosa, que alegaba una violación de su derecho al honor.

La Sección 29 de la Audiencia Provincial Civil de Madrid ha hecho pública esta resolución, respaldando el fallo emitido en diciembre de 2023 por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Torrejón de Ardoz, que había dado la razón a la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová.

Sentencia histórica sobre libertad de expresión

Este fallo es significativo, ya que representa la segunda vez que la audiencia madrileña se pronuncia sobre disputas legales entre la congregación y sus exmiembros. La primera sentencia abordó una demanda individual, mientras que esta ocasión es la primera en la que se evalúan expresiones formuladas por una asociación organizada de víctimas, según lo indicado por el abogado Carlos Bardavío.

En su dictamen, la magistrada del caso anterior respaldó las críticas emitidas por la asociación en sus estatutos y plataformas digitales, donde describen a los Testigos de Jehová como una "secta destructiva" que supuestamente encubre casos de abusos sexuales y causa pérdidas humanas. A pesar de reconocer que algunas afirmaciones pueden ser "inexactas o exageradas", se prioriza el derecho a expresar opiniones y proporcionar información.

Derechos en juego y contexto social

Los magistrados han subrayado que las declaraciones realizadas por la Asociación Española de Víctimas no buscan eliminar la confesión religiosa, sino más bien promover lo que consideran "normas más justas". Además, pretenden informar a quienes deseen acercarse a esta fe sobre las posibles consecuencias negativas para sus vidas.

El tribunal considera que llamar a los Testigos de Jehová "secta destructiva" y autodenominarse "víctimas" forma parte del ejercicio legítimo de la libertad de expresión, incluso si dichas afirmaciones resultan molestas o hirientes. Los miembros de esta asociación buscan restablecer vínculos afectivos con familiares que continúan dentro del grupo religioso, enfatizando su intención pacífica y carente de animosidad.

Implicaciones legales y futuras acciones

Los jueces han destacado que las víctimas no tienen intención alguna de injuriar ni incitar ataques contra los Testigos de Jehová. El abogado Bardavío ha resaltado el valor del testimonio aportado por unas setenta personas durante este proceso, cuya veracidad fue reconocida por los magistrados.

Esta sentencia tiene importantes repercusiones jurídicas e internacionales al reforzar el papel fundamental de la libertad de expresión en sociedades democráticas y establecer criterios claros para equilibrar el derecho al honor con las críticas públicas. Actualmente, hay varios procesos legales en curso entre ambas partes, lo que ha llevado a sentencias diversas que están siendo apeladas. Un juicio relacionado está programado para el próximo 12 de mayo respecto a una denuncia contra Israel Flórez, ex presidente de la asociación demandante.

Preguntas sobre la noticia

¿Qué ha decidido la Audiencia de Madrid sobre los Testigos de Jehová?

La Audiencia de Madrid ha confirmado que calificar a los Testigos de Jehová como "secta destructiva" no es delito, ya que se ampara en la libertad de expresión.

¿Cuál es el argumento principal de la sentencia?

La sentencia sostiene que las críticas vertidas por la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová son parte del derecho a la libertad de expresión, incluso si pueden ser consideradas molestas o hirientes.

¿Qué tipo de expresiones fueron evaluadas por la Audiencia?

Se evaluaron afirmaciones sobre el control excesivo que ejercen los Testigos de Jehová sobre sus fieles y acusaciones relacionadas con encubrimiento de abusos sexuales.

¿Qué considera la magistrada sobre las expresiones utilizadas por la asociación de víctimas?

La magistrada consideró que, aunque algunas expresiones puedan ser inexactas o exageradas, prevalece el derecho a la libertad de expresión y a la información frente al derecho al honor.

¿Qué impacto tiene esta sentencia en el contexto jurídico?

La sentencia refuerza el papel de la libertad de expresión como un pilar esencial en sociedades democráticas y establece criterios claros entre el derecho al honor y la crítica pública.

¿Existen otros procesos legales relacionados con este tema?

Sí, hay varios procesos en marcha por denuncias interpuestas tanto por los Testigos de Jehová como por quienes se consideran sus víctimas, lo que ha llevado a sentencias diversas que han sido recurridas.

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