La Audiencia de Cantabria ha condenado a un empresario a dos años de prisión y a pagar una multa de 3,2 millones de euros por no abonar 1,7 millones de IVA tras adquirir la sociedad El Cuco de Piélagos en 2013. La sentencia también incluye a un cómplice, quien enfrentará un año y medio de cárcel y una multa de 580.000 euros por su participación en compraventas ficticias para evadir impuestos. Ambos quedan inhabilitados para ejercer actividades relacionadas con el delito fiscal.
La Audiencia Provincial de Cantabria ha dictado una sentencia que condena a un empresario a dos años de prisión y a pagar una multa de 3,2 millones de euros. Este fallo se produce tras la adquisición en 2013 de la sociedad El Cuco de Piélagos, en la que el empresario no abonó 1,7 millones de euros a la Agencia Tributaria en concepto de IVA.
El tribunal ha señalado que esta decisión puede ser apelada ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. En el mismo fallo, se ha condenado también a otro individuo, considerado como cooperador necesario en las operaciones ficticias llevadas a cabo por el empresario para evadir el pago del impuesto. Este segundo condenado enfrentará un año y medio de cárcel y una multa de 580.000 euros.
Ambos condenados han sido declarados responsables de un delito fiscal, lo que les acarrea además la inhabilitación para ejercer cualquier actividad relacionada con el ámbito empresarial. La sentencia subraya la gravedad de las acciones cometidas y su impacto en las arcas públicas.
Este caso pone de relieve los esfuerzos del sistema judicial español por combatir la evasión fiscal y garantizar que los responsables rindan cuentas por sus actos. La decisión refleja un compromiso claro con la justicia tributaria en el país.
Descripción | Cifra |
---|---|
Prisión (años) | 2 |
Multa (euros) | 3,200,000 |
IVA no abonado (euros) | 1,700,000 |
Prisión del cooperador necesario (años) | 1.5 |
Multa del cooperador necesario (euros) | 580,000 |
El empresario fue condenado a dos años de prisión y al pago de una multa de 3,2 millones de euros por no abonar 1,7 millones de euros a la Agencia Tributaria en concepto de IVA.
Otro hombre fue condenado como cooperador necesario en las compraventas ficticias realizadas por el empresario, recibiendo un año y medio de cárcel y una multa de 580.000 euros.
Sí, cabe recurso de apelación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
Ambos quedan inhabilitados para el ejercicio de sus funciones como responsables de un delito fiscal.