NACIONAL

Su mujer le denuncia por malos tratos y por tener un altar con "restos óseos humanos"

Imagen de archivo
Coco Leopoldo | Viernes 18 de noviembre de 2022
El caso se inició cuando la mujer del investigado lo denunció por malos tratos y reveló que tenía “en el cuarto de la lavadora” un santuario con un cráneo, dos fémures, dos mesetas tibiales, un cúbito, dos trozos de tibia y un posible metatarso.

Una comisión judicial ha cerrado hoy el acceso público al cementerio municipal de San Sebastián de La Gomera (Santa Cruz de Tenerife) para llevar a cabo la exhumación de un cadáver, en el contexto del esclarecimiento de un presunto delito contra el respeto a los difuntos.

El origen de la investigación que dirige el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de San Sebastián de La Gomera se encuentra en una denuncia por presunto maltrato cursada el pasado 19 de octubre por una mujer en un puesto de la Guardia Civil en Arona (Santa Cruz de Tenerife).

Con ocasión de su declaración, la presunta víctima de violencia doméstica manifestó, se detalla en las diligencias, que su pareja “poseía restos óseos humanos, los cuales habían sido sustraídos de una tumba del cementerio de San Sebastián de La Gomera”.

El denunciado fue detenido al día siguiente, 20 de octubre. Ese mismo día, en el registro de su domicilio en Playa de las Américas (Arona), los agentes encontraron, relata el Juzgado en el auto que autoriza la exhumación, “restos óseos humanos consistentes en un cráneo, dos fémures, dos mesetas tibiales, dos húmeros, un cúbito, dos trozos proximales de tibia y un trozo de posible metatarso”.

Estos restos, explica la autoridad judicial en el auto, “integraban la denominada prenda cristiana del sincretismo religioso de la regla Kimbisa del Santo Cristo del Buen Viaje” profesado por el investigado, “entendida como una rama heterodoxa del cristianismo primitivo propia del sincretismo religioso y cultural de la nación cubana de la conocida como Palería”.

Relata el auto que tras este hallazgo, el juzgado que investigaba los hechos en Arona se inhibió en el conocimiento de las actuaciones a favor del de La Gomera. Este órgano comisionó entonces a un equipo de la Policía Judicial, que se personó en el cementerio de la capital de la Isla acompañado por la mujer que había denunciado el caso. Esta señaló una tumba y dijo que había visto a su pareja “manipular aquella e introducir algo en su mochila”.

Al tiempo, los investigadores contactaron con la hija de la persona enterrada en aquella tumba, quien corroboró que durante el verano había detectado que “se encontraba dañada, encontrándose semiabierta y caída la lápida”.

Colisión de derechos

La autoridad judicial considera que los hechos podría ser constitutivos de un delito contra el respeto a lo difuntos previsto y penado en el artículo 526 del Código Penal, por lo que ve procedente acceder a la comparación del perfil genético del cadáver que reposa en la tumba supuestamente profanada con los de los restos óseos hallados en en cuarto de la lavadora de la casa del investigado.

Apunta el juez que se trata de un caso de confrontación de derechos fundamentales, el de la libertad ideológica (en su modalidad religiosa) del acusado con el del derecho al honor, la intimidad y la imagen del fallecido y, si bien subraya que al tratarse de una persona muerta no se pueden tutelar ciertos derechos que por el hecho del propio deceso se han extinguido, sí se puede acudir “a lo que la doctrina jurídica viene denominando la protección de la personalidad pretérita”, de modo que “quepa la tutela post mortem de ciertos derechos extrapatrimoniales del difunto en aras al respeto debido a la persona fallecida (su fama, buen nombre, reputación y estimación personal y social) más allá del límite temporal de existencia de su titular”.

Subraya además la autoridad judicial que para establecer hasta qué límite opera el derecho a la libertad ideológica frente al derecho a la personalidad pretérita del fallecido hay que acudir a la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Muy especialmente a la sentencia 618/2008, según la cual la libertad de opinión y libertad religiosa “no puede esgrimirse para cometer hechos delictivos”.

En este contexto, el juez instructor considera adecuada, necesaria y proporcionada la exhumación de restos que solicita la policía judicial -que cuenta con informe favorable del Ministerio Fiscal- y dispone el cierre de las instalaciones municipales que integran el cementerio municipal de San Sebastián de la Gomera durante la jornada de hoy y hasta que se lleve a cabo la práctica de la diligencia.

Cotejo de pruebas

El médico forense adscrito al juzgado, en presencia de la letrada de la Administración de Justicia titular del juzgado, tomará muestras de los retos óseos hallados en el interior de la tumba en la que supuestamente se llevó a cabo la profanación para comparalas con los perfiles genéticos de los restos óseos hallados en el domicilio del investigado.

Tras prestar declaración en sede judicial, el presunto autor de los hechos se encuentra actualmente en libertad provisional y sin fianza con cargos por supuesto delito contra el respeto a los difuntos.

TEMAS RELACIONADOS:


Noticias relacionadas